REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA
La Victoria, siete (07) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2006-000276.
PARTE ACTORA: YUSELLYS BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nro.14.052.382
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: SONIA DOMINGUEZ, INPREABOGADO No. 7.654.
PARTE DEMANDADA: OPERADORA DEL CENTRO 34 C.A.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: IRMA FIGUERA HERNANDEZ, Inpreabogado N° 18.331.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Vista la diligencia de fecha de cuatro (04) de julio de 2008, suscrita por la abogada SONIA DOMINGUEZ, INPREABOGADO No. 7.654, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y de la abogada IRMA FIGUERA HERNANDEZ, Inpreabogado N° 18.331 en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad de Comercio OPERADORA DEL CENTRO 34 C.A, parte demandada; en la cual anexan copia fotostática del cheque debidamente entregado a la trabajadora YUSELLYS BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nro.14.052.382 tal como lo habían acordado en Acta de fecha 10 de junio del 2008, la cual riela inserta a los folios cuatrocientos ochenta y tres (483) a los folio cuatrocientos ochenta y cinco (485), y por ende, solicitan al tribunal a homologación de ese convenio transaccional y el cierre y archivo del expediente, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, acuerda: PRIMERO: Homologar la transacción antes señalada. SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado en autos - Publíquese, Regístrese y Archívese el presente expediente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Tribunal.-
LA JUEZA,
DRA. MARGARETH BUENAÑO
LA SECRETARIA,
ABG. YARITZA BARROSO.
MB/yb.-
DP31-L-2006-000276
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