REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 1
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA UNO
Caracas, 23 de Julio de 2008.
198° y 149°
Encontrándose esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, dentro del lapso establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de la admisión o no de las pruebas presentadas por la Juez Vigésima Tercera de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, abogada GABRIELA SALAZAR UZCATEGUI, se observa:
1) La Abogada GABRIELA SALAZAR UZCATEGUI, Juez Vigésima Tercera de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, con motivo de la Inhibición presentada en la causa N° 23J-461-07, seguida a los ciudadanos ANGOLA FERNANDEZ CARLOS ARMANDO y LABARCA RODRIGUEZ RINA ELENA, ofreció como medio probatorio para sustentar la misma, la deposición del Abogado ROBERTO TARICANI; esta Sala no admite dicho medio probatorio, habida cuenta de las actuaciones que están agregadas a las actas, resulta innecesario la evacuación del testigo promovido. Así se decide.-
EL JUEZ PRESIDENTE
DR. MARIO ALBERTO POPOLI RADEMAKER
EL JUEZ PONENTE
DR. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ TORRES
EL JUEZ
JOSE GERMAN QUIJADA CAMPOS
LA SECRETARIA
ABG. IRMA CAROLINA VECCHIONACCE
MAPR/JGRT/JGQC/ICV/Ag.-
CAUSA Nº 2137