REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 17 de Julio de 2008
198° y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2007-125
DEMANDANTE: RICARDO JAVIER DURAN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDOS. EVA MARIELA VELASQUEZ BOADA, MERCEDES RUIZ Y OTROS
PARTE DEMANDADA: KMC OILTOOLS DE VENEZUELA S.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: ABOGDOS. FERNANDO ANUNCIBAY Y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy jueves diecisiete (17) de Julio de 2008, siendo las 10:30 AM., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, le tiene incoado el ciudadano: RICARDO JAVIER DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.14.507.850, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio, MERCEDES RUIZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 33.027, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, y a su vez, CARLOS VIVI, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 76.116, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada, KMC OILTOOLS DE VENEZUELA S.A. Igualmente hizo acto de presencia la ciudadana ZULMYRA ELENA MOREIRA ROCCA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 87.918, en su condición de apoderada judicial de la empresa PERSONNEL SUPPLY EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, también demandada como tercera interesada en la presente causa, Dando así inicio a la audiencia; En este estado las partes le presentan al juez un acta Transaccional, transcrita por ellos, la cual en sus Cláusulas Tercera y Cuarta, se especifican los conceptos y cantidades reclamadas a pagar, la cual se anexa a la presente acta, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar, los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda y en virtud de ello, el representante de la empresa demandada principal, antes identificado, hace entrega, al demandante, en este mismo acto, del cheque No. 53091965, por la cantidad de NUEVE MIL SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. 9.700.00), de fecha 10 de Julio de 2008,con la leyenda No Endosable, girado contra el Banco Mercantil, a nombre del extrabajador ciudadano RICARDO JAVIER DURAN, parte demandante en la presente causa, ya identificado, cantidad esta que es igual a la reflejada en la citada Cláusula Tercera de la presente Transacción, todo lo cual es aceptado por la demandante y su apoderada judicial, en este mismo acto. Este Tribunal vista la aceptación manifestada por la demandante y su abogada asistente, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, transcurridos como sean tres (03) días hábiles, a partir de la presente fecha.
Siendo las 11:55 Am., se dio por terminado el presente acto.-
Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
EXP: NP11-L-2007-125
RV/rv
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