JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.

Maracay, 22 de Julio de 2008.
198° y 149°
Exp. N° AC-CA-8517.
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que han transcurrido 35 días consecutivos, contados a partir del día 16 de Junio de 2008 exclusive, fecha esta en la cual se acordó expedir el Cartel de Citación hasta el día 22 de Julio de 2008 inclusive.
Visto el contenido del auto de fecha 16 de Junio de 2008, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado el retiro y la debida consignación en autos del mismo; este Tribunal Superior, declara DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto en forma conjunta con Solicitud de Amparo Cautelar, por el Ciudadano Abogado: Henry Yaidat Trosel, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Etiquetas Autoadhesivas Aragua, C.A., contra la Providencia Administrativa, de fecha 29 de Septiembre de 2006, dictada por la Inspectora Jefe (Encargada) del Trabajo en el Estado Aragua, contentiva de la decisión recaída sobre la causa contenida en el Expediente Nro. 043-06-01-02816, de la Sala de Fuero en la cual se resolvió declarar Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por la Ciudadana Marlene Josefina Briceño Liendo, contra su representada la cual fue notificada a la Empresa en fecha 10 de Octubre de 2006, conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el Cartel de Citación y los Oficios signados con los Nros. 1.193-08, 1.194-08 y 1.195-08 respectivamente, asimismo, se ordena Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente de la presente Decisión.
EL JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,

ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.


DEZN/Wendy.