REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-001730
PARTE OFERENTE: VIAJES ESCALA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE OFERIDA: EUKARY URIBE
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: IRIS DEL CARMEN CAMPOS
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
En el día hábil de hoy, 31 de Julio de 2008, siendo las 10:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Tribunal la abogada IRIS DEL CARMEN CAMPOS, inscrita en el IPSA bajo el No. 80.943, quien actúa como apoderada judicial de la parte oferida, ciudadana EUKARY URIBE, se deja constancia de la no comparecencia a la celebración de la presente audiencia de la parte oferente, VIAJES ESCALA C.A., ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, en ese sentido la representación judicial de la parte oferida hace del conocimiento al Tribunal que recibe el monto aquí ofertado, pero que se reserva el derecho a demandar por via ordinaria la diferencias del pago de las prestaciones sociales de su representada y solicita al Tribunal se sirva ordenar liberar la libreta de ahorros a nombre de la ciudadana EUKARY URIBE. El Tribunal oída la exposición de la representación judicial de la parte oferida acuerda en conformidad. En este mismo acto se ordena librar oficio a la Oficina de Consignaciones a los fines de que haga entrega de la libreta de ahorros, del Banco Industrial de Venezuela a favor de la ciudadana EUKARY URIBE, titular de la cédula de identidad No. 10.808.735, se deja constancia que se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, una vez que conste en autos la constancia de haberle hecho entrega a la parte oferida de la libreta antes indicada. No hay especial condenatoria en costas, por la naturaleza de la decisión. LIBRESE OFICIO.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG. ANTONIO BOCCIA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDA
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