REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002463
PARTE ACTORA: MARIA EUGUENIA ALVAREZ FERRER
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JENNITT MORENO.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD CIVIL “MAMITA Y YO PRESCOLAR ASISTENCIAL”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 18 de julio de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana abogada JENNITT MORENO, inscrita en el IPSA bajo el N° 45.893, en su carácter de apoderada del actor según se desprende de instrumento poder que corre inserto al expediente, en este estado se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, seguidamente, el tribunal se abstiene de celebrar la audiencia preliminar, pues luego de la revisión del libelo se constata que la parte actora señala a la ciudadana Lic. CARMEN TERESA GAMEZ como “DIRECTORA DOCENTE”, sin embargo en el auto de admisión de la demanda el Tribunal Sustanciador le atribuye el carácter de “DIRECTORA GERENTE”, de esta misma forma los Carteles de Notificación replican el error y señalan a la identificada ciudadana como DIRECTORA GERENTE y aunado a ello en el cartel de notificación que es consignado por el alguacil quien lo recibe no señala el cargo o el carácter con el cual es recibido y en su lugar solo se limita a colocar “recibido por”, finalmente aprecia este tribunal que el Alguacil no señala si en la empresa demandada existe o no Oficina Receptora de correspondencia o en su defecto Secretaria, todo de conformidad a lo dispuesto en la Norma Adjetiva Laboral, en consecuencia éste Tribunal ordena devolver mediante oficio el expediente al Juzgado Sustanciador para su debido pronunciamiento. LIBRESE OFICIO.-
El Juez Titular.
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La secretaria
Abog. Julisbeth Castillo.
La apoderada del actor: