REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, once (11 ) de Julio de 2008
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-011239
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 1 de julio de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano JESUS ANIBAL DAVILA SOTO, en su carácter de Fiscal (Encargado) Centésimo Sexto (106°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas y actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de la niña (...), de (...) meses de edad, en el cual remite convenio de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrado entre los ciudadanos WILMER JOSE GOMEZ PORRAS y LILIANA HERNANDEZ ORTEGA, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-15.028.454 y V-14.605.934, respectivamente, a favor de su prenombrada hija, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 19/06/2008, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar de su hija antes mencionada.