Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: AP51-X-2004-003486

Visto el escrito de convenimiento suscrito por el Abogado José Ángel Balzan Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.485.070 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.174, y por la ciudadana Graciana Coromoto Fernández de Saules, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-11.228.847, en cuaderno de estimación e intimación de honorarios profesionales, en fecha 30 de junio de 2008, este Tribunal Unipersonal No. XII, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley levanta la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar Decretada por este despacho en fecha 17 de mayo de 2005, sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que tiene la ciudadana Graciana Coromoto Fernández de Saules, titular de la cédula de identidad No. V-11.228.847, sobre un inmueble propiedad de ésta y del ciudadano LUIS ARTURO SAULES SOSA, titular de la cédula de identidad No. V-6.430.951, distinguido por un apartamento destinado a vivienda, que forma parte del edificio bajo régimen de propiedad horizontal denominado Residencias Ninfa, Ubicado en la Urbanización Montalbán, la Vega, Unidad Vecinal No. 3, Calle 6, Parroquia La vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, distinguido con el No. 41, de la cuarta (4ta) planta del mencionado edificio, tal como se evidencia de documento Protocolizado en la Oficina Subalterna de registro público del tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 21 de agosto de 1997, anotado bajo el No. 1, Tomo 38 del Protocolo Primero, por lo que se ordena librar oficio al registro respectivo a los fines de comunicarle lo conducente. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Sara E. Guardia Soto.- La Secretaria