Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nro. 12
Caracas, 08 de Julio 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-010312
Vista la presente solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio cinco (05) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanas YAJAIRA JOSEFINA COLMENARES DE ZANGUINO y YOLANDA COROMOTO AMARO GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.957.713 y V-12.398.389, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la niña XXX, de de nueve (09) años de edad y titular de la cédula de identidad número V-26.484.668, hija del De Cujus CHARLI ANTONIO RODRÍGUEZ PETIT, quien era titular de la cédula de identidad No. V-14.526.760, quien falleció en fecha veintidós (22) de marzo del año dos mil ocho (2.008); quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
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