Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
Caracas, ocho (08) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-010473

Vista la solicitud y los recaudos acompañados que la acompañan, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio cinco (05) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos PEREZ PALOMINO JOSE ANGEL y GONZALEZ DE LA CRUZ MARITZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.914.327 y V-23.641.914, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano RAFAEL ENRIQUE ORTIZ MARIMON, titular de la cédula de identidad No. V.-19.581.701, a la niña XXXX, y al adolescente XXX, hijos del De Cujus RAFAEL ENRIQUE ORTIZ ARIAS, quien era titular de la cédula de identidad No. 23.682.090, quien falleció en fecha dos (02) de enero del año dos mil ocho (2008); quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,

SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA