REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ___ de julio de 2008
198º y 149º
Por recibido y visto el anterior escrito presentado por los ciudadanos CARMEN DELIA DEL CASTILLO HERNANDEZ y ALFREDO JOSE VAN GRIEKEN, venezolanos, divorciados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.900.214 y V-5.536.459, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada CLARA PEREZ de SAHMKOW, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 9.575, en el cual solicitan la Homologación de la partición amistosa y liquidación de los bienes conyugales; este Tribunal por cuanto de los recaudos presentados, entre los cuales se pueden mencionar la copia certificada de la sentencia de divorcio dictada por el Circuito Judicial de Protección del Niño y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 6, de fecha 20 de mayo de 2008, firme y ejecutoriada, así como los documentos de propiedad de los bienes que forman parte de la comunidad conyugal; el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En consecuencia, HOMOLOGA LA PARTICIÓN AMISTOSA en los mismos términos expuestos por los supra mencionados ciudadanos, dándose por consumado dicho acto, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
La Juez,
Maria Rosa Martínez Catalan
La Secretaria,
Norka Cobis Ramírez
EXP. 45821
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