REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ocho (8) de julio del año 2008
Años: 198º y 149º
Vista la Justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo Suficiente para acreditar el carácter de UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus ciudadano: JESUS MANUEL MOROS RAMIREZ, a las ciudadanas: LEIDY MARVELIS MOROS PIÑATE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número, 19.044.673, en su condición de hija del causante, y CARMEN ALEJANDRA PIÑATE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 3.633.255, en su condición de concubina.-Devuélvase la solicitud a los interesados, previo suministro de los fotostatos respectivo.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN
LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ
Solic. Nº 12.738
|