LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 21 de julio de 2008
Años 197° y 148°
Vista la anterior solicitud, así como las disposiciones de los testigos presentados por el solicitante, este Tribunal sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas de igual o mejor derecho de los que aduce la solicitante, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS a favor del ciudadano EPIDIO SANZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.1.999.979.- Devuélvase las presentes actuaciones previa anotación de éstas en el Libro Diario correspondiente.-
EL JUEZ TEMPORAL
Dr. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ LA SECRETARIA ACC.
Abg. SHIRLEY CARRIZALES MÉNDEZ
En fecha ___________se devuelven las presentes actuaciones al solicitante constantes de ________ ( ) folios útiles.-
LA SECRETARIA
EXP: S- 9487
AVR/SC/Marisol
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