En el día de hoy, veintiocho (28) de Julio del año dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Doctor ROMEL ANGEL MOSCOTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 49.296; en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el Número y letra PH-14, ubicado en el Edificio Residencias Don Angelo, situado en la Calle La Pirámide, Urbanización Miranda, Caracas, Municipio Sucre del Estado Miranda; con la finalidad de practicar la ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue ALESSANDRA MARIA ANGELA DAMASCO BATTISTONI contra PANELES INTEGRADOS PAINSA, S. A. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial. En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora, Doctor Romel Angel Moscote, expone: Hago del conocimiento del Tribunal que poseo las llaves de la puerta del inmueble, es todo. El Tribunal vista la exposición anterior insta al Apoderado Judicial de la parta actora proceda a la apertura de las puertas del inmueble, y de inmediato procedió a la apertura de las puertas del inmueble con las llaves que al efecto portaba, dándole así acceso al Tribunal al interior del mismo, encontrándose totalmente libre de bienes y personas. El Tribunal, a señalamiento del Apoderado Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la comisión encomendada, hace Entrega Material del siguiente bien inmueble: Apartamento distinguido con el Número y letra PH-14, ubicado en el Edificio Residencias Don Angelo, situado en la Calle La Pirámide, Urbanización Miranda, Municipio Sucre del Estado Miranda; y lo pone en posesión totalmente libre de bienes, personas, joyas, dinero, títulos valores, del Apoderado Judicial de la parte actora, Doctor Romel Angel Moscote, quien estando presente lo recibe conforme para su representada. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente actuación no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. El Tribunal ordena expedir por Secretaría copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tal efecto lleva este Despacho. El Tribunal siendo las 10:40 de la mañana da por terminada la presente actuación y ordena el regreso a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ,
CELSA DIAZ VILLARROEL.
EL APODERADO ACTOR,
EL SECRETARIO,
JESUS ALBERTO RAMOS.
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