REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, quince (15) de Julio del año dos mil ocho (2008), siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaría Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado LUCIO MUÑOZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 12.654, del Representante de la Depositaria Judicial la Consolidada C.A, y del Perito Avaluador designado por este Tribunal, ciudadanos: Argenis Rivas y carlos Rivas, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V- 4.081.609 y V-6.318.092, respectivamente; quienes estando presentes en el acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley, en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el Nº 1-E, Edificio Residencias Carabobo Oeste, situado en la Calle Carabobo de la Urbanización El Rosal, Municipio Chacao del Estado Miranda; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Noveno de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue ADMINISTRADORA INMOBILIARIA ERALUZ C.A., contra CARMEN ROSA LOPEZ BARRIOS, expediente Nº AP-V-2008.001471.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley siendo atendido su llamado por el ciudadano: ENRIQUE PEDROZA TORRES, identificado con la cédula de Identidad N° V-24.460.572, quien notificado de la misión del Tribunal permitió el acceso al inmueble, procediendo de seguidas a comunicarse vía telefónica con la ciudadana: CARMEN ROSA LOPEZ BARRIOS..- En este estado se hace presente en el acto la ciudadana: CARMEN ROSA LOPEZ BARRIOS, identificada con la cédula de Identidad Nº V- 3.665.499, quien notificada de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del despacho, manifestó ocupar el inmueble y que todos los bienes muebles que se encuentran dentro del apartamento son de su propiedad..-Asimismo manifestó no tener un lugar donde trasladar los bienes, en consecuencia este Tribunal vista la manifestación de la demandada ciudadana CARMEN ROSA LOPEZ BARRIOS, antes identificada, ordena constituir Deposito Necesario de sus bienes los cuales fueron debidamente identificados por los Auxiliares de Justicia, en las hojas de inventario anexas, las cuales forman parte integrante de la presente acta, y su traslado a los Galpones de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A, ubicados en la Avenida Nueva Granada, N° 2, Municipio Libertador del Distrito Capital.- En este estado la demandada, CARMEN ROSA LOPEZ BARRIOS, antes identificada, expone:” Expreso que el Tribunal presente cumple un mandamiento emanado del Tribunal de la causa, ante el cual expondré los alegatos a mi favor, para desvirtuar la demanda intentada por mi arrendadora, por cuanto existen motivos por los cuales en efecto no he realizado el pago de los alquileres, concretamente, prácticamente inhabitable el inmueble aún cuando lo alquile. Es todo.-Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Secuestrado el Apartamento distinguido con el Nº 1-E, Edificio Residencias Carabobo Oeste, situado en la Calle Carabobo de la Urbanización El Rosal, Municipio Chacao del Estado Miranda, y lo coloca en posesión de la Depositaria Judicial designada, la Consolidada C.A, en la persona de su representante , quien toma posesión del mismo en este acto, una vez avaluado por el Perito en la cantidad de (BF. 300.000,00.).- Cumplida la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto siendo las (6:00 pm)…- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR

LA NOTIFICADA





EL APODERADO ACTOR

EL REPRESENTANTE DE LA
DEPOSITARIA JUDICIAL



LA PERITO AVALUADORA



LA SECRETARIA


EXP: 1898-08





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES
El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de la medida de Secuestro, practicada en fecha 15 de Julio del 2008,
por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 1898-08, realizada por el Perito Avaluador designado: Carlos Rivas, C.I.N° 6.318.092

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs
1 1 Silla Secretarial Color Negro
2 1 Equipo De Sonido Marca Aiwa, Serial 5031, Se Desconoce Su Funcionamiento
3 1 Aire Acondicionado, Marca Kenmore, Color Gris, Serial 20010548
4 3 Cocinas Eléctricas Con Una Hornilla, Color Gris, Marca Hacel
5 2 Mesa De Noche De Una Gaveta, En Madera Color Marrón
6 1 Cochon Matrinonial, En Regular Estado
7 1 Gavetero En Madera, Color Marrón
8 1 Reloj En Madera, Sin Marca Ni Serial, Roto Y Se Desconoce Su Funcionamiento
9 2 Poltronas Individuales En Semicuero Color Rojo
10 1 Maletero Verde En Tela
11 1 Bolsa Negra Conteniendo Ropa Usada
12 16 Cajas Conteniendo Libros, Utensilios De Cocina, Adornos Varios Y Ropa Usada
Total 1000
El Perito Avaluador El Secretario El Juez Ejecutor
Ejecutante Ejecutado