REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, tres (03) de Julio del año dos mil ocho (2008), siendo las doce y treinta minutos del mediodía (12:30 p.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaría Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado MOISES AMADO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 37.120, en la siguiente dirección: Local comercial distinguido como Mezzanina, situado en el Edificio Sanoli, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, esquina El Muñeco, Municipio Chacao del Estado Miranda; a objeto de practicar la medida de Entrega Material y Embargo Ejecutivo, decretada y ordenada por el Juzgado Noveno de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue INVERSIONES SANOLI C.A., contra GUSTAVO DE RIOS CARDONA, expediente Nº 05-3322.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley siendo atendido su llamado por el ciudadano GUSTAVO DE JESUS RIOS CARDONA, identificado con la cédula de Identidad Nº V-11.664.800, quien notificado de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del despacho, manifestó que procedería a comunicarse vía telefónica con su abogado de nombre JESUS DIAZ .- Asimismo manifestó ocupar el inmueble y que todos los bienes muebles que se encuentran dentro del local son de su propiedad y procedería a trasladarlos bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: .Edificio Caoma, piso 6, Avenida Urdaneta, Municipio Libertador del Distrito Capital..-Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado MOISES AMADO, antes identificado, del Local comercial distinguido como Mezzanina, situado en el Edificio Sanoli, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, esquina El Muñeco, Municipio Chacao del Estado Miranda; quien lo recibe conforme en nombre de su representada con las llaves de sus puertas principales.- En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: “ Me reservo el derecho de señalar bienes `para su embargo en otra oportunidad por lo cual solicito del Tribunal se abstenga de practicar la medida y devuelva la comisión con sus resultas al Tribunal Comitente” .Es todo.- Vista la solicitud formulada por el Apoderado Actor, éste Juzgado se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo comisionada y ordena la devolución de la Comisión al Juzgado de la Causa.. da por terminado el acto siendo las (5:00 p.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ TITULAR


EL DEMANDADO


EL APODERADO ACTOR


LA SECRETARIA



EXP: 1894-08 (Interno)