REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas catorce (14) de julio de 2008.
Años 198° y 149°

Vista la diligencia suscrita en fecha siete (07) de julio del corriente mes y año, por la abogada Deborah Noguera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.344, en su carácter de apoderada judicial de la empresa Aseguradora Nacional Unida Uniseguros, S.A, mediante la cual solicita se libre despacho de comisión. Dirigido al Juzgado de Municipio de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a fines de notificar a la empresa Unisalud Unidad Administradora de Salud; Este Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena comisionar al Juzgado antes señalados, a fin de que practique la notificación a la sociedad mercantil Unisalud Unidad Administradora de Salud, inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 37, Tomo 140-A-Pro, de fecha 06 de octubre de 2003, posteriormente modificada según Acta de Asamblea extraordinaria celebrada el 13 de enero del 2004, debidamente registrada por ante la misma Oficina Subalterna, en fecha 04.02.2004, bajo el N° 74, Tomo 10 A-Pro. Sucursal del Estado Mérida. A tal efecto, se ordena librar el correspondiente Despacho de Comisión, junto con oficio.
El Juez,

Dr. Víctor González Jaimes
El Secretario


Richars Mata.










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
AL

JUZGADO DE MUNICIPIO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA

SE HACE SABER:

Que en el expediente signado con el Nº 9780, nomenclatura de este tribunal, contentivo del juicio que por Infracción de Marca, sigue Aseguradora Nacional Unida Uniseguro, contra Unisalud Unidad Administradora de Salud; éste Juzgado por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente, a fin de que practique la notificación a la sociedad mercantil Unisalud Unidad Administradora de Salud, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el articulo 522 del Código de Procedimiento Civil.
La notificación deberá ser practicada en la empresa mercantil Unisalud Unidad Administradora de Salud, C.A, sucursal del Estado Mérida.
A los fines expresados, se anexa la Boleta de Notificación correspondiente, que una vez cumplida con la presente comisión, se sirva devolver a este Tribunal, el original con sus resultas.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, catorce (14) de Julio de dos mil ocho (2008). Años 198º y 149º.
El Juez,



Dr. Víctor González Jaimes.
El Secretario,


Richars Mata





VGJ/RM/Kelly EXP. Nº 9780





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, catorce (14) de Julio de 2008.
Años 198° y 149°.

OFICIO N°. 2008-A-
CIUDADANO:
JUEZ DE MUNICIPIO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, despacho de comisión librado por este Tribunal, en el expediente N° 9780, de la nomenclatura llevada por este Tribunal contentivo del juicio que por Infracción de Marca, sigue Aseguradora Nacional Unida Uniseguro, contra Unisalud Unidad Administradora de Salud, a fin de que el Tribunal a su digno cargo, se sirva practicar la notificación de la sociedad mercantil Unisalud Unidad Administradora de Salud, de este domicilio e inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 37, Tomo 140-A-Pro, de fecha 06 de octubre de 2003, posteriormente modificada según Acta de Asamblea extraordinaria celebrada el 13 de enero del 2004, debidamente registrada por ante la misma Oficina Subalterna, en fecha 04.02.2004, bajo el N° 74, Tomo 10 A-Pro, sucursal del Estado Mérida.
Remisión que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ,



DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES