REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP31-S-2007-000676
SOLICITANTE: FUNDACIÓN MISIÓN HÁBITAT
INSPECCIÓN JUDICIAL.-
============================================================
Se inició el presente expediente con motivo de una solicitud de inspección judicial que fue introducida el 25 de mayo de 2007, por los abogados AUGUSTO ANTONIO ZAMBRANO, JOSÉ ALÍ RAMÍREZ LUISI y RICARDO SOTO LA PALMA, actuando como apoderados judiciales de la FUNDACIÓN MISIÓN HÁBITAT. Se le dio entrada al día siguiente y se fijó oportunidad para la evacuación de la inspección solicitada, el día 6 de junio de ese año, a las 9:30 a.m. Sin embargo, en esa oportunidad, los solicitantes no se presentaron en la sede del Tribunal para trasladar a los funcionarios judiciales hasta el lugar donde habría de realizarse la inspección. A pesar de que en dos (2) oportunidades subsiguientes se les fijó nueva oportunidad, por petición de la parte interesada, tampoco se presentaron a la hora fijada de ambas fechas, todo lo cual consta en el expediente. Así se observa que la última actuación de la solicitante fue realizada el 13 de julio de 2007, cuyo pedimento fue debidamente proveído por el Tribunal el 16 del mismo mes y año.
En base a los hechos narrados y tomando en consideración la naturaleza urgente de la solicitud, este Juzgado presume que ya la solicitante no está interesada en su evacuación, por cuanto ya ha transcurrido un lapso bastante largo de tiempo desde que se introdujo la solicitud, cuando se supone que las inspecciones extrajudiciales deben realizarse de forma inmediata, antes de que cambien los hechos o situaciones que dieron lugar a su requerimiento ante un órgano jurisdiccional. En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA que en el presente caso se consumó una pérdida de interés procesal por parte de la solicitante, cuyos apoderados judiciales no comparecieron a solicitar nuevamente oportunidad, luego de la fecha antes indicada. En consecuencia, se ordena darla por terminada y archivarla.
Dada, firmada y sellada a los dos (2) días del mes de julio de dos mil ocho (2008), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 198º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
EL SECRETARIO,
JUAN CARLOS CARVAJAL RUÍZ
En esta misma fecha (2-07-2008), y siendo las (9:40) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
|