REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 22 de julio de 2008
198° y 149º


Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano NESTOR VITAL FERNANDEZ DA SILVA ya identificado, debidamente asistido por el abogado ARNALDO AVENDAÑO PEREZ inpreabogado Nº 34.733 mediante la cual manifiesta su convenimiento a lo expresado por el ciudadano ABEL CARLOS ALMEIDA LOPES parte demandada en el presente juicio en su escrito de contestación a la demanda; este Tribunal le imparte su Homologación en conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Ahora bien como quiera que el demandado de autos que realizó oposición alguna a la partición presentada, ni discusión sobre la cuota de los interesados y por cuanto no hubo desconocimiento alguno del documento presentado por el demandante con el escrito libelar; este Tribunal en conformidad con lo preceptuado en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil fija las 10:00 A.M., del décimo (10º) día de despacho siguiente al de hoy para que tenga lugar el acto de nombramiento del partidor en el presente juicio. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO


ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP/AH/Lt*
EXP/12.942.