REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, nueve (09) de Julio de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-000234
PARTE ACTORA: WILMER NICOLAS, titular de la cédula de identidad Nº. 17.052.334
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada GRISELYS RIVAS, Inpreabogado Nº 44.131
PARTE DEMANDADA: LA VOZ DE DE LA VICTORIA.C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, nueve (09) de Julio de 2008, siendo día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, el alguacil hace del conocimiento de la ciudadana jueza que a la hora del anuncio solo se encontraba presente la parte actora el ciudadana: WILMER NICOLAS, titular de la cédula de identidad Nº. 17.052.334, y la procuradora de trabajadora, Abogada GRISELYS RIVAS, Inpreabogado Nº 44.131, quien consigno escrito pruebas constante dos (2) folio útiles y dos anexos. Se deja constancia que la demandada no compareció ni por si ni por medio de apoderado Ahora bien, vista la incomparecencia del demandado, revisada como ha sido la petición del demandante y encontrándola que la misma no es contraria a derecho, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por la demandante y se reserva motivar los montos y conceptos a pagar los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar. Es todo.-

LA JUEZA,
Dra LILIAM PEREZ

LA PARTE ACTORA


LA SECRETARIA, ABG.E . MILENE BRICEÑO.

Exp: DP31-L-2008-000234