JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS 16 DE JULIO DE 2008
198° Y 149°
ASUNTO N°: AC22-R-2006-000226
PARTE ACTORA: WILLIAM ENRIQUE PIMENTEL MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V- 3.395.641.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No acreditó en autos.-
PARTE DEMANDADA: MARAVEN, S.A., sociedad mercantil filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de diciembre de 1975, bajo el No. 58, Tomo 116-A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: WILMER GUTIERREZ y otros, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.812.-
MOTIVO: Apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 14 de diciembre de 2005, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano William Enrique Pimentel Montenegro contra la sociedad mercantil Maraven, S.A.
Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha 15 de julio de 2008, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:
Como quiera que en fecha 15 de julio de 2008 tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, en la cual se dejó constancia de la comparecencia de la parte demandada no apelante y de incomparecencia de la parte actora apelante, en consecuencia este Juzgador, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistida la apelación, en consecuencia queda firme la decisión de fecha 14 de diciembre de 2005, emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano William Enrique Pimentel Montenegro contra la sociedad mercantil Maraven, S.A.
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 14 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano William Enrique Pimentel Montenegro en contra de MARAVEN, S.A., y en consecuencia, quedando firme la sentencia recurrida. No hay condenatoria en costas, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008). Años 198º y 149º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
EL JUEZ,
MARCIAL MUNDARAY SILVA
LA SECRETARIA,
YAIROBI CARRASQUEL
NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA,
YAIROBI CARRASQUEL
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