REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Vista la inhibición formulada por la ciudadana Juez Dra. ANGELA MORANA GONZÁLEZ, a cargo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS, sigue el ciudadano CRUZ MODESTO MENDOZA, contra el MUNICIPIO JOSÉ FELIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, por considerarse incursa en la incompetencia subjetiva contenida en el artículo 31 ordinal 6º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Realizado el estudio del expediente, pasa este Tribunal a decidir, previa las siguientes consideraciones.


Este Tribunal para decidir observa, que la Juez Dra. ANGELA MORANA GONZÁLEZ, propuso inhibición con anterioridad, inhibición que fue declarada con lugar por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Aragua (Vid, folios 99 al 132), hecho demostrativo de que existe causal que la obligó a inhibirse en el presente asunto y que fue declarada existente con anterioridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.

Como consecuencia de la determinación anterior, este Tribunal Superior del Trabajo, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la Juez Dra. ANGELA MORANA GONZÁLEZ, a cargo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, por estar ajustada a derecho y fundada en causa legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 ejusdem.

En virtud de la determinación anterior, el Juez a cargo de este Tribunal Superior, pasa a conocer la presente causa, ordenándose su tramitación conforme a las previsiones legales pertinentes. Así se declara.


D E CI S I Ó N
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. ANGELA MORANA GONZÁLEZ, a cargo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en el juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS, sigue el ciudadano CRUZ MODESTO MENDOZA, contra el MUNICIPIO JOSÉ FELIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA.

Publíquese, déjese copia, regístrese y remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los 18 días del mes de julio de 2008.- Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-

El Juez Superior,

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JOHN HAMZE SOSA


La Secretaria,


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MARIANA RANGEL MENDOZA




En esta misma fecha, siendo 3:20 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.


La Secretaria,


________________________ MARIANA RANGEL MENDOZA

Asunto: DP11-X-2008-000022.
JHS/mrm.