REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 18 de Julio de 2008.-
Año 198° y 149°
Vista la diligencia cursante al folio once (11), del presente expediente suscrita por el ciudadano SATURNO RAMÓN CORTEZ, identificado con los cédula de identidad número 4.099.085, actuando en su carácter de parte demandante en la presente causa, judicialmente asistido por el abogado JUAN DE JESÚS DELGADO CRESPO, inscrito en el Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 99.542, mediante la cual desiste del presente procedimiento contentivo del Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido contra la ciudadana MAYRA DEL CARMEN ALMARIO, identificada con la cédula de identidad número V-10.617.810, sin representación judicial acreditada en autos.
ÚNICO
En la diligencia suscrita por el ciudadano SATURNO RAMÓN CORTEZ, en su carácter de parte demandante expone:
“Pongo a su conocimiento ciudadano Juez, que la parte demandada ha entrega (sic) materialmente el inmueble arrendado, totalmente desocupado de bienes y enseres, es por ello, que “desisto” de la presente causa de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, dejando sin efecto la presente causa”. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman”.
Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, la posibilidad de que el demandante desista de la demanda y el demandado convenir en ella, y que el Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
En consecuencia, llenos los extremos de los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 265 ejusdem, encuentra procedente este Tribunal el desistimiento de la presente demanda, y así se declara.
DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por el ciudadano SATURNO RAMÓN CORTEZ, contra la ciudadana MAYRA DEL CARMEN ALMARIO. Y en consecuencia, le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. NORA CASTILLO LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL VIEIRA GOUVEIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se libró oficio bajo el N°_______________.
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL VIEIRA GOUVEIA
NC/AG/miriam
Exp. N° 11.789-08
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