REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT
Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA
PARTE SOLICITANTE: RES-COLAR Y BÁSICA MUNDO DE SONRISAS, debidamente Inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Edo. Aragua, en fecha 28 de Mayo de 2004, bajo el N° 68, tomo 42.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE: CARLOS CAMBRA HERNANDEZ, abogado EN EJERCICIO e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 94.511.
PARTE AFERIDA: BARBARA ESTHER FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.014.178
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
SOLICITUD N° 87-2008
En fecha 10 de Junio de 2008, compareció el ciudadano CARLOS CAMBRA HERNANDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 94.511, quien actúa en su carácter de apoderado Judicial del PRES-COLAR Y BÁSICA MUNDO DE SONRISAS, plenamente identificada en autos y desistió de la presente solicitud de OFERTA REAL DE PAGO. El Tribunal al respecto observa que el artículo 265 del Código de Procedimiento establece:
El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria
Por todo los razonamientos antes expuesto, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por el apoderado Judicial de la parte solicitante, en la presente solicitud de OFERTA REAL DE PAGO, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASI DE DECIDE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay a los 10 días del mes de JULIO de dos mil OCHO (2.008).- 198° y 149°
LA JUEZ.,
ABG. MARY FERNÁNDEZ PAREDES.,
LA SECRETARIA.,
ABG. NOHELIA RAMIREZ ABELLO.,
En esta misma fecha siendo las 11:00 A.M. se publico y registró la anterior decisión.-
La Sctria.,
MFP/césar
Sol-87-08
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