En el día de hoy, diecisiete (17) de Julio de Dos mil ocho (2008), siendo las diez de la mañana, se trasladó y constituyó el JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a fin de practicar medida de SECUESTRO decretado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con motivo del juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoado por las ciudadanas CARMEN YONELA GONZALEZ GRACIA y MARGARITA MOREY SOLER en su carácter de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 0220, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 22 de Marzo de 2002, bajo el Nº 2, tomo 143-A, contra la Sociedad Mercantil PERSEO S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 17 de Septiembre de 2003, bajo el Nº 14, tomo 38-A, cuyo representante en calidad de Director Gerente es el ciudadano JUAN CARLOS SEOANE PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. 7.218.807 , sobre Trece (13) locales comerciales distinguidos con letras y números: PB-38, PB-39, PB-40, PB-41, PB-42, PB-43, PB-44, PB-45, PB-46, PB-47, PB-48, PB-49 Y PA-27, los doce (12) primeros ubicados en el nivel planta baja y el último de ellos en el nivel planta alta del Centro Comercial Hyper Jumbo, Avenida Fuerzas Aéreas cruce con avenida José Casanova Godoy, Maracay, Estado Aragua. Se constituyo el Tribunal en la planta baja del centro comercial antes identificado, en compañía de los apoderados judiciales abogados CARMEN YONELA GONZALEZ, MARGARITA MOREY SOLER y WILLIAM GONZALO PERILLO PRADA Inpreabogados números: 14.043, 78.684 y 108.092 a los fines de dar cumplimiento a la comisiòn conferida por el Tribunal de la causa antes identificado, siendo atendido por una persona que se identifico como RUZ GUARDIA JUAN CARLOS, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.562.498 quien manifestó ser encargado de seguridad de tiendas Vigo, y abrió la puerta de entrada a un área de mayor extensión en donde sus alrededores se encuentran unos locales comerciales, observando el Tribunal en el lado derecho de la puerta de entrada principal pegados en el vidrio se encuentran unos comprobantes emanado del Ministerio de Hacienda (SENIAT) referido a la declaración definitiva de rentas distinguido con el Nº 0466202 pertenecientes a la RAZON SOCIAL PERSEO S.A. Rif. J 310517177, representada por los ciudadanos JUAN CARLOS SEOANE PEREZ, de fecha





30.06.2005, Comprobante Provisional de Registro de Información Fiscal numero de Rif: J-31051717-7 perteneciente a la Razón Social PERSEO S.A., de fecha 17.09.2003 y Licencia de Industria y Comercio Nº 00A4110336, NIFG 146533, Resolución 059-2004, a nombre de PERSEO S.A., de fecha 23.01.2004 emanada de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, donde aparece que la empresa demandada PERSEO S.A., esta domiciliada en la Avenida Casanova Godoy cruce con avenida Fuerzas Aéreas, Centro Comercial Hyper Jumbo. Seguidamente el Tribunal determinado que se encuentra ubicado en el sitio donde se ha de practicar la medida de Secuestro, es decir en la planta baja donde funciona la empresa Mercantil PERSEO, S.A. ordenada por el Juzgado comitente sobre 13 locales comerciales antes señalados. A los fines del inicio de la práctica de la medida, se designa como depositario Judicial a la Nacional C.A., en la persona de su representante legal ciudadano JOSE FELIX CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.905.177 y como perito avaluador al ciudadano GABRIEL TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº, 3.793.702 quienes estando presentes aceptaron el cargo y juraron cumplirlo bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo. Encontrándose presente desde el inicio de la presente acta la ciudadana PEREZ PEÑA YSABEL, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 331.416, quien manifestó ser la representante de la empresa PERSEO, S.A., y autorizo al ciudadano RUZ GUARDIA JUAN CARLOS antes identificado para que abriera la puerta principal de acceso a los locales, que como ya se señalo antes están ubicados alrededor de un área de mayor extensión, asistida por el abogado en ejercicio ROCHA CONTRERAS PERKINS ASDRUBAL, titular de la Cédula de Identidad Nº. 7.211.997, Inpreabogado Nº 28.613. En este estado se hizo presente siendo las 12:41 del medio día, el ciudadano Alguacil MERLWIN ELY ORTIZ CHAVEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. 15077365 del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y entregó al Tribunal Oficio Nº 0430-377 de fecha 17.07.2008 emanado del Tribunal antes señalado, informando que dicto medida cautelar innominada en Acción de Amparo Constitucional signada con el número 16.291, nomenclatura interna de ese Juzgado, interpuesta por la Sociedad Mercantil PERSEO S.A., contra la Sociedad Mercantil Inversiones 0220 C.A., y ordenó la suspensión de la ejecución de la medida de Secuestro decretada en fecha 23.05.2008 por el Juzgado comitente, en consecuencia este Tribunal recibe el oficio, lo agrega de inmediato a los autos, suspende la practica de dicha medida, y ordena su regreso






a su sede habitual. En este estado se retira de este acto el apoderado actor abogado WILLIAM PERILLO antes debidamente identificado siendo la 1:00 del medio día. El Tribunal regresa a su sede habitual siendo las 2:00 P.M. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,


ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(FDO) LAS APODERADAS ACTORAS,
(FDO)


LA CIUDADANA NOTIFICADA Y SU ABOGADO ASISTENTE,
(FDO)

EL DEPOSITARIO JUDICIAL, EL PERITO AVALUADOR,
(FDO) (FDO)

EL CIUDADANO VIGILANTE,
(FDO)

LA SECRETARIA,


ABG. LIGIA J. FALCON
(FDO)

C-58-2008