REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-001867
ASUNTO : NP01-P-2008-001867


AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO


Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:


Identificación del Acusado

FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA, Venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, de 39 años de edad, nacido el 06-10-1968, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.308.348, hijo de Santiaga de Jiménez (f) y Juan Jiménez (v), domiciliado en la Calle Principal de San Jaime, vivienda 1800, cerca de la cancha, actualmente recluido en el Internado Judicial Penal de este Estado.

De los Hechos y Motivos

En fecha seis (06) de abril del año 2008, siendo aproximadamente las Once (11:00 AM) horas de la mañana, el niño de nombre: KEVIN ALEXANDER ESPINOZA MARCHAN, de seis años de edad y victima en la presente causa, se encontraba jugando con un papagayo en las adyacencias del Estadium de San Jaime, ubicado específicamente en el Sector las Casitas, Estado Monagas, cuando fue sorprendido por el imputado: FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA, quien portando un arma blanca, de las comúnmente denominada “Cuchillo”, procedió a colocársela al nivel del estomago, a fin de intimidarlo para luego amenazarlo de muerte, procediendo a bajarle los pantalones y su prenda interior e introducirle su miembro viril en el recto del niño, no satisfecho con lo actuado, lo obligado a que le realizara el sexo oral y es cuando el ciudadano: RAMON OCTAVI ESTANGA SALAS, cuando se desplazaba en su moto frente al antes referido Estadium, pudo observar al imputado que tenia entre las piernas al niño victima, pero a medida que se acercaba ,as, pudo percatarse que el imputado: FELIX JIMENEZ, se encontraba sentado con el pantalón desabrochado y con el pene al descubierto, mientras que el niño: KEVIN ALEXANDER, se encontraba parado entre las piernas del imputado; a lo que el niño le manifestó que el imputado estaba haciendo groserías por detrás y lo había obligado a que le succionara el pene, utilizando con ello un cuchillo con el que lo había amenazado, por lo que el ciudadano: RAMON OCTAVIO ESTANGA, indignado por la situación irregular que se estaba suscitando, empujo al imputado, el cual salio corriendo, mientras que el ciudadano OCTAVIO se dirigía a la residencia del niño victima, a los fines d comunicarle a la progenitora del niño ciudadana: LENNYS SOLANGE MARCHAN, lo ocurrido quien inmediatamente corrió a un patrulla de la Comandancia General de la Policía del Estado que se desplazaba en ese momento haciendo un recorrido de patrullaje por el lugar, logrando avistar al imputado: FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA, logrando su retención y practicándole la Inspección Corporal, incautándole el arma blanca tipo “Cuchillo” con lo que minutos antes había amenazado al niño victima, la cual tenia oculta a la altura de la cintura, debajo del pantalón, procediendo a practicar la detención del mismo, asimismo en relación a la violación de la cual fu objeto el niño: KEVIN ALEXANDER, se puede evidenciar del resultado del Examen Medico Ano Retal, suscrito por el DR. RAMON URBANEJA, Medico Forense adscrito al servicio de medicatura Forense del Cuerpo de investigaciones Científicas penales y Criminalistica, Sun Delegación de Maturín, en cuyo dictamen concluyó: …”EXAMEN ANO RECTAL: SE OBSERVA ESFINTER HIPOTONICO RELAJADO, CON CICATRIZ RECIENTE A LAS 12 Y 6 SEGÚN ESFERA DEL RELOJ

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscal (A) Novena del Ministerio Público, Abg. LERIDA RODRIGUEZ, en cuanto a la calificación jurídica del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 en su encabezamiento, en relación al articulo 77 ordinales 1°, 8° y 14° del Código Penal, así como el contemplado en el articulo 218 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente en perjuicio del menor que omitiremos su nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 eiusdem.


Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley.; asimismo se admiten la calificación jurídicas dada a los hechos, contra el ciudadano FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA y la adhesión de la defensa a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público contra el ciudadano: FELIX MARIA JIMENEZ GUATARASMA, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 en su encabezamiento, en relación al articulo 77 ordinales 1°, 8° y 14° del Código Penal, así como el contemplado en el articulo 218 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente en perjuicio del menor que omitiremos su nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 eiusdem.

Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción al Secretario

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
La Juez


ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON

La Secretaria