REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

Mediante decisión se declaró Con Lugar lo solicitado por la Fiscal Cuarto del Ministerio Público, por lo que en amparo de los artículos 26 y 49.3 constitucionales, el juzgamiento de los ciudadanos acusados: MOISES IGNACIO MELLEAN FUENMAYOR, DANIEL JOSE RODRIGUEZ y JOSE RAFAEL MARTINEZ MILANO, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de coautoría y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 458, en concordancia con el artículo 83 y 278 del Código Penal, se realizara por un TRIBUNAL UNIPERSONAL y se convoca al Juicio Oral y Público para el día Lunes Veintiuno (21) de Julio de 2008 a las 10:00 horas de la mañana. Se acordó expedir las copias simples solicitadas por la defensa. Notifíquese a las partes, a la victima, librese Boleta de Traslado a los acusados para la fecha jueves 03 de julio de 2008 a las 8:30 de la mañana, a los fines de notificarlo de la presente decisión y cítese a los medios probatorios admitidos