REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO
Mediante decisión se declaró Improcedente la solicitud de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de la libertad que obra contra de los ciudadanos acusados Demeris Jean Campos Delgado y Alejandra Josefina Ramírez, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.175.887 y 14.253.267, formulada por su defensor Abogado Marcos José Morales, así mismo el juzgamiento en el presente asunto penal seguido a los ciudadanos DEMERIS JEAN CAMPOS DELGADO, ALEJANDRA JOSEFINA RAMIREZ, PEDRO RICARDO BARRIOS CALDERIN y YOVANNY DEL JESUS SAVEDRAA TABARES, se realizara por un TRIBUNAL UNIPERSONAL en fecha Lunes nueve (09) de Junio de 2008 a las 2:00 horas de la tarde. Cítese las partes y a los medios probatorios admitidos. Hágase lo conducente.-