JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTA NCIA EN LO CIVILY MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, ONCE DE JUNIO DEL DOS MIL OCHO.

198° Y 149°

Vista la anterior demanda y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se le da entrada y se admite cuanto ha lugar en derecho. El ciudadano: ENDE DEL CARMEN CORDOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.530.310 y de este domicilio, asistida por el abogado FRANCO LEOPOLDO GONZALEZ HERNANDEZ, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 65.659, acudió ante este Tribunal a fin de solicitar que se ordene la RECTIFICACION de su PARTIDA DE NACIMIENTO, que corre inserta en los Libros de Registro de Civil de nacimientos llevados por ante el Registro Civil Municipal de Santa Bárbara del Municipio Santa Bárbara del Estado Monagas, bajo el No. 314, año 1953. Expone el solicitante que al asentar la partida se incurrió en el error de escribir el nombre como : ENOE DEL CARMEN, siendo lo correcto, ya que el nombre correcto es ENDE DEL CARMEN . Para efectos probatorios el solicitante consignó copia del acta a rectificar y fotocopia de su cédula de identidad , lo cual evidencia que el nombre correcto es ENDE DEL CARMEN y no ONOE DEL CARMEN, como fue escrito erróneamente en dicha partida. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil ORDENA en forma SUMARIA al Registrador Civil Municipal de Santa Bárbara del Municipio Santa Bárbara del Estado Monagas y al Registrador Principal de este mismo Estado, estampar la debida nota marginal en el acta de Nacimiento del ciudadano: ENDE DEL CARMEN CORDOVA, con el fin de que se escriba en su partida en forma correcta su primer nombre así: Donde dice ENOE debe decir ENDE y así se decide . Expídanse por secretaría las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades competentes civiles, a los fines legales consiguientes.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

LA SECRETARIA TEMPORAL,
NEYBIS RAMONCINI,

En esta misma fecha, siendo las 11 :00 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-

LA STRIA.,
EXP.No. 31.018