REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.- Colonia Tovar, Tres (03) de Junio de Dos Mil Ocho (2008).
198º y 149º
PARTE SOLICITANTE: BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA
PARTE EMPLAZADA: MARIO VARGAS VERGEL Y SANTOS GUTT
MOTIVO: JUSTICIA PACIFICA (Pago de deuda).
EXPEDIENTE: No.- 18-JP.

En fecha 09-05-2008, La ciudadana BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número V-13.240.280, domiciliada en el Sector Las Peonías, Colonia Tovar del Estado Aragua, solicitó a través de escrito, la intervención de este Juzgado por Audiencia Oral en Justicia Pacífica, a fin de solucionar un problema de Pago de Deuda. Tal como riela al folio Uno (1).
En fecha 12-05-2008, se le da entrada a la solicitud de conformidad a lo establecido en los artículos 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se acordó emplazar al ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, domiciliado en el Sector La Lagunita de La Colonia Tovar, Municipio Tovar, Estado Aragua y como mediador al ciudadano VALENTIN PAEZ, en su carácter de Prefecto del Municipio Tovar, a fin de que comparecieran el día Veintidós (22) de Mayo de 2008 a las 9:30 A.M, donde se llevaría a cabo una audiencia oral de conciliación. Tal como riela al folio Tres (03).
En fecha 13-05-2008, fue entregada Boleta de Emplazamiento del ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, quien la recibió personalmente. Tal como riela al folio Seis (06).
En fecha 22-05-2008, siendo las 9:30 A.M. hora fijada para la celebración de la Audiencia Oral, compareció la ciudadana BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA, antes identificada, así mismo compareció el ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V-81.807.568. Así mismo, se hizo presente el ciudadano Valentín Páez, en su carácter de mediador. Expusieron las partes sus alegatos y de la exposición surgió que la deuda no había sido cancelada por el ciudadano Santos Gutt, quien debía el dinero a las partes involucradas en la presente audiencia, por lo que se difirió la misma para el día Tres (03) de Junio del presente año y se acordó librar Boleta de emplazamiento para el ciudadano SANTOS GUTT, domiciliado en el Peñón de Gavante. Tal como riela al folio Diez (10).
En fecha 26-05-2008 fue recibida Boleta de Emplazamiento del ciudadano SANTOS GUTT, la cual fue recibida por su esposa ciudadana Juana Fernández, titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.121.009, Tal como riela al folio Once (11).
En fecha 03-06-2008, dia y hora fijado para la audiencia oral, comparecieron los ciudadanos BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA y el ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, identificados en autos. Así mismo, compareció el ciudadano SANTOS ELADIO GUTT KANZLER, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V- 8.817.316, quien reconoció que le adeudaba a la ciudadana Basilia Fernández y al ciudadano Mario Vargas Vergel, identificados en autos la cantidad de Tres Mil Bolívares fuertes (Bsf 3.000), los cuales se comprometía a cancelar en dos partes, a lo cual llegaron a conciliar un acuerdo sustancial. Tal como riela al folio Doce (12).
II
La presente Audiencia Oral, se inicia por solicitud interpuesta por BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número V-13.240.280, domiciliada en el Sector Las Peonías, Colonia Tovar del Estado Aragua, ello en virtud de la venta de un terreno que realizo junto con el ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, identificado en autos, en la cual no le había cancelado la mitad que le correspondía.
Llegado el día y hora de la celebración de la Audiencia Oral, el ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, identificado en autos, manifestó que el comprador del terreno ciudadano Santos Gutt, no le habían cancelado el dinero que faltaba de la venta. Por lo cual se difirió la audiencia y se ordeno emplazar al ciudadano Santos Gutt, domiciliado en el Sector El Peñón de Gavante, para el día Tres (03) de junio del presente año a las 9.30 A.M.
Llegado el dia y la hora fijada para la celebración de la Audiencia Oral, compareció el ciudadano SANTOS ELADIO GUTT KANZLER; Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V-8.817.316, estando presente la ciudadana BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA, identificada en autos y el ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, antes identificado, libres de toda coacción y apremio conformaron un acuerdo a fin de solucionar y poner fin al conflicto existente. En los siguientes términos: PRIMERO: El ciudadano Santos Gutt, se comprometió a cancelar en Dos (02) partes la cantidad de Tres mil Bolívares Fuertes ( Bsf 3.000), en los siguientes términos: el día 18 de Junio del presente año cancelará la cantidad de Mil Quinientos bolívares Fuertes (Bsf 1.500) y el día 16 de Julio la cantidad restante, es decir, Mil Quinientos Bolívares fuertes (Bsf 1.500). SEGUNDO: La cancelación de estos montos serán entregados en la sede de este Juzgado del Municipio Tovar, en las fechas antes indicadas. TERCERO: El ciudadano MARIO VARGAS VERGEL, identificado en autos, acepta que todo el pago de la deuda lo reciba íntegramente la ciudadana Basilia Benita Fernández Ortega, antes identificada. CUARTO: Aceptan en todos los términos expuestos el convenimiento y solicitan la homologación del mismo.
Por todo lo antes señalado, este Juzgado declara que el acuerdo debe prospera y así se decide, todo de conformidad con los artículos 2, 26, 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil vigente.
III
Este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Se homologa el acuerdo acordado, suscrito y aceptado por los ciudadanos BASILIA BENITA FERNANDEZ ORTEGA, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V- 13.240.280, MARIO VARGAS VERGEL, Colombiano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V- 81.807.568 y el ciudadano SANTOS ELADIO GUTT KANZLER, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°. V- 8.817.316, en los términos expuestos y se le otorga el carácter de cosa Juzgada.
Publíquese, regístrese, déjese copia y Certifíquese.
Dado Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Colonia Tovar a los Tres (03) días del mes de Junio de Dos Mil Ocho (2008).
198º y 149
El Juez.

Abg. Gabriel Spadea Salerno
El Secretario.

Abg. Howard Escobar Rubio










Expediente Justicia Pacifica N°.18-JP.