REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 5

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CORTE DE APELACIONES
SALA QUINTA


Caracas, 19 de Junio de 2007
197° y 148°


No. 165-08
EXPEDIENTE: N° SA-5-2008-2320
PONENTE: DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ


Vista las pruebas promovidas por el Abogado NELSON RAMIREZ TORRES, en su carácter de Apoderado Judicial de ASUTEL en el escrito de Recusación planteado en contra del Doctor Edgar Aliza Macia, Juez del Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida contra el ciudadano Oswaldo Cisneros Fajardo, señaladas textualmente de la siguiente manera:


“…1) Escrito de fecha 3/06/2008, en el cual solicitamos fuesen recabadas las actuaciones del Juzgado 11° de Control, así como de las copias certificadas anexas al mismo.
2) del escrito del experto Contreras en el cual, después de justificar la dilación en la presentación del informe, participa al tribunal la consignación del mosmo en los próximos 20 días.
3) del auto de este tribunal negando esa solicitud.
4) del escrito contentivo de la solicitud de sobreseimiento formuladas por LA FISCALIA; y,
5) de la boleta de notificación expedida al señor Cisneros Fajardo;…”(Cursa a los folios 12 al 66 de la incidencia).


En tal sentido, esta Sala ADMITE dichas pruebas documentales promovidas por estar ajustadas a Derecho, por ser pertinentes, útiles y por ser promovidas en tiempo oportuno, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE, las pruebas documentales promovidas por el Abogado NELSON RAMIREZ TORRES, en su carácter de Apoderado Judicial de ASUTEL, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


LA JUEZ,



DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ
(Ponente)


LA JUEZ,



DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA


LA SECRETARIA,


ABG. BELSY TORCAT

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA,


ABG. BELSY TORCAT


Causa No. SA-5-2008-2320
JOG/CCR/CMT/BT/Yaneth.-