REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Diecisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : AP51-S-2006-015126
Visto la diligencia anterior presentada por los ciudadanos LORENA SOSA MONTERO Y ERICK SIEBER HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-11.227.627 y V-11.234.556 respectivamente, asistidos por los abogados Michelina Alifano y Renato Valente, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 122.257 y 43.188, esta Sala de Juicio lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, se decreta dicha SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias, una vez las partes hayan consignado los fotostatos respectivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 111 ejusdem. Cúmplase.-
LA JUEZA
MAIRIM RUIZ RAMOS
EL SECRETARIO
IVAN CEDEÑO
|