REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ___ de junio de 2008
Años: 198º y 149°
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, presentado por el abogado ANTULIO MOYA LA ROSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.108, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LEIDY MARGARITA HERRERA SALAZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 11.944.731; este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 777 eiusdem. En consecuencia se ordena emplazar al ciudadano JOSE ALEXANDER CONTRERAS MEDINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-6.671.237, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de dar contestación a la demanda de PARTICIÓN seguido en su contra, por la ciudadana LEIDY MARGARITA HERRERA SALAZAR, lo cual deberá realizar dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., compúlsese el libelo de demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que el alguacil de este Tribunal practique la citación ordenada previo suministro de los fotostátos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.
LA JUEZ
MARÍA ROSA MARTÍNEZ LA SECRETARIA
NORKA COBIS RAMIREZ
Exp Nº 45581