REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 16 de junio del Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 198º y 149º.-
Visto la anterior solicitud procedente del Juzgado Distribuidor de Turno, presentada por la ciudadana: AUNI CARIDAD APONTE DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número: V-11.482.934, debidamente asistida por el ciudadano: VICTOR CORDOBA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 9.693.-
Asimismo, luego de una revisión exhaustiva del libelo de la demanda, las accionantes acuden a este Órgano Jurisdiccional para que se les declaren Únicos y Universales Herederos del ciudadano FRANKLIN ALEXANDER BARRIOS, quien falleció el día 05 de Marzo de 2008.- Ahora bien, de la afirmación de la solicitante y de los recaudos, se evidencia que el ciudadano FRANYER YONAIKER, nació el día 27 de septiembre de 1994, por lo que a la presente fecha tiene Catorce (14) años de edad, por lo que este Juzgado carece de competencia para tal procedimiento. Por tales razones declina la competencia por la materia a los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente ASÍ DE ESTABLECE.-
Sobre la base de las precedentes consideraciones, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLINA su COMPETENCIA en razón de la materia en los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.- En consecuencia, remítase el presente Expediente, en su oportunidad legal correspondiente con Oficio a dichos Juzgados.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. LEOXELYS VENTURINI.
EXP. Nº: S-11920.-
RPV/LV/Veronica.-