REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

DEMANDANTE: JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA
(ABOGADA MIROSLAVA C. BELIZARIO – JUEZ TITULAR)
DEMANDADO: IVAN MAURICIO ANDUEZA Y EDUARDO FERREIRA DE ANDRADE
MOTIVO: INHIBICIÓN
EXPEDIENTE N°: 12.999.
Maracay, 18 de Junio de 2008.-
198° y 149°
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto del estudio del mismo se observa que las actuaciones se refieren a la INHIBICIÓN de la JUEZ TITULAR DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, en consecuencia entréguese el presente expediente a la Distribución de Causas, a lo fines de su distribución respectiva.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ