En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando a la trabajadora MAGALY SANABRIA, titular de la cédula de la identidad No.14.786.524 la cantidad de Bs.F.2.626,00, para ser entregado mediante cheque No.3241905161, librado contra el banco FONDO COMUN a nombre de la trabajadora accionante en el día de hoy; la trabajadora y su apoderada judicial manifiestan que aceptan y recibe el aludido cheque emitido por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.