En el día de hoy 25 de Junio de dos mil ocho, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria en el presente proceso, SE DEJA CONSTANCIA DE LA COMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA en la persona del apoderado Judicial el Abogado ROBERTO SEGUNDO CHAVIEDO, plenamente identificado en autos y de la comparecencia de la parte actora específicamente en la persona del Apoderada Judicial Abogada MARIALEX HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.037.921, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 124.339. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de poner fin al presente juicio, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 500,00), para ser pagado en éste mismo acto, en dinero en efectivo de libre circulación en el país. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por costas y costos del proceso, ya que en la audiencia conciliatoria del día de hoy se evidenció que la parte actora había renunciado y así mismo que ya había recibido el pago de las Prestaciones sociales y demás derechos inherentes de la extinta relación laboral, por lo que acuerdan en virtud de que la causa llegó a esta fase en virtud de la Admisión de los Hechos, el pago de las costas que se materializa en éste mismo acto. En éste estado la Parte Actora, debidamente representada por su Apoderada Judicial, en virtud del ejercicio del Principio de la Realidad de los Hechos en el presente asunto, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el pago que se efectúa y expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio de su mandante, por cuanto acepta que ya se lo habían cancelado tal como consta en los documentales que se agregan a la presente acta.