REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 13 de Marzo de 2008
197º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-001780
ASUNTO : NP01-P-2007-001780
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ELINERSY AGUIRRE CASTILLO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDAS.
DEFENSOR PUBLICO 2°: ABG. MIGUEL BETANCOURT
FISCAL DECIMO DEL MINISTRIO PÚBLICO: ABG. MIRIAN GARELLI
DELITO: ROBO (ARREBATON)
MOTIVO: REVISION DE MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, corresponden LA REVISION DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO Sucesivamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de TRES (03) MESES que cumplen los sancionados IDENTIDAD OMITIDAS, procediendo este Tribunal a realizarla en los siguientes términos:

En fecha 05 de Noviembre del 2007 se realizó la Ejecución y Cómputo de la sanción impuesta, siendo impuestos en fecha 22/11/07, el sancionado IDENTIDAD OMITIDAS, y en fecha 26/11/07 fue impuesto IDENTIDAD OMITIDAS.

En fecha 11 de Marzo del 2008 se recibió Oficio N° S.S.S-035-08, emanado del Departamento de Servicio Social en el cual informa que el sancionado IDENTIDAD OMITIDAS, inició sus entrevistas a partir del día 22 de Noviembre del 2007, y desde esa fecha hasta la presente ha acudido de manera puntual a todas sus entrevistas, mostrando un comportamiento acorde, su evolución conductal es de Pronostico Favorable, recomendándose la posibilidad de continuar recibiendo asistencia y supervisión, hasta el cumplimiento del lapso establecido.

En fecha 12 de Marzo del 2008 se recibió Oficio N° S.S.S-037-08, emanado del Departamento de Servicio Social en el cual informa que el sancionado IDENTIDAD OMITIDAS, inició sus entrevistas a partir del día 26 de Noviembre del 2007, y desde esa fecha hasta la presente ha acudido de manera puntual a todas sus entrevistas, mostrando un comportamiento acorde, su evolución conductal es de Pronostico Favorable, recomendándose la posibilidad de continuar recibiendo asistencia y supervisión, hasta el cumplimiento del lapso establecido.

Se evidencia que desde el día 05/11/07 fecha en que se realizó la Ejecución de la Sentencia, y hasta el día de hoy 13/03/08, los sancionados han dado cumplimiento con la Medida de Libertad Asistida por el lapso de CUATRO (04) MESES Y OCHO (08) DÍAS, faltándoles por cumplir SIETE (07) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS, una vez culminada esta medida deberán comenzar a cumplir la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de TRES (03) MESES.

Considera este Tribunal procedente, mantener las Medidas impuestas a los sancionados IDENTIDAD OMITIDAS, a los fines de lograr que los mismos puedan reinsertarse por completo a su familia y a la sociedad, siendo necesario para ello la supervisión y orientación de la Trabajadora Social.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: SE REVISA Y MANTINE LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, Impuestas a los sancionados IDENTIDAD OMITIDAS, quienes han cumplido DE LIBERTAD ASISTIDA CUATRO (04) MESES Y OCHO (08) DÍAS, faltándoles por cumplir SIETE (07) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS, y sucesivamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de TRES (03) MESES. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Público Especializado. Remitir Copia Certificada a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente. Cúmplase
LA JUEZA,

ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA.

ABG. ELINERSY AGUIRRE CASTILLO.