REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 10 de Marzo de 2008.
197º y 149º
Vista la demanda presentada por el ciudadano: DOMENICO SPINELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 9.298.951 debidamente asistido por la abogada YENNYS PRECILLA REYES, venezolana, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 39.757, en contra del ciudadano: LUIS BELTRAN CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.776.069; este Tribunal se abstiene de admitirla, por cuanto la acción que se pretende incoar esta dirigida a dos pretensiones que si bien se trasmitan por el procedimiento breve, las mismas son autónomas y no pueden ser demandadas conjuntamente. Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIA.
ABOG: MARIA BALBINA CARVAJAL N.
LA SECRETARIA.
ABOG: YGRIJORAN MENDEZ DE ESPAÑA.
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