En horas de Despacho del día de hoy 14 de Marzo de 2008, siendo las 9:30 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el Abogado ALBERTO RUIZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 58.813, Apoderado Judicial de la parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA C.A., a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), intentado contra la Empresa CHEROKEE WELL SERVICES C.A., siendo las 10:00 a.m., se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Sede de PDVSA, Petróleo S:A:; en el Departamento de Asuntos Juridicos, Ubicado en la Avenida Alirio Ugarte de Pelayo de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas. Presente la ciudadana NELLYS PRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.453.183, en su carácter de Asesor Legal de PDVSA, a quien el Tribunal le notifico de su Misión. Acto seguido interviene el Tribunal, y declara Embargado Preventivamente la cantidad de BS. F. 1.037.401,39, que comprende el monto, demandado mas los intereses moratorios, mas las costas y honorarios profesionales calculados prudencialmente por el Tribunal de la causa. Asimismo se le hace saber a la notificada que debe librar cheque respectivo a nombre del Tribunal de la causa, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui . Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto.