ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2007-001684
PARTE ACTORA: JULIA YSABEL MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.306.836
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: GYP CONSTRUCTORES S.A (CONSTRUCTORES),
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS MIGUEL LOPEZ y CARLOS RAFAEL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números 8.976.0209 y 9.298.739, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 44.988 y 125.551.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.
En el día de hoy miércoles doce (12) de marzo de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Preliminar en el presente juicio y anunciado como fue el acto a la hora señalada con las formalidades de Ley en este proceso de cobro de diferencia de prestaciones sociales, se deja expresa constancia que no compareció a la audiencia preliminar la ciudadana JULIA YSABEL MARCANO, identificada al inicio de la presente acta, quien actúa como parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado. Se deja constancia que compareció a la audiencia preliminar el abogado LUIS MIGUEL LOPEZ, antes identificado en su carácter de apoderado de la empresa demandada GYP CONSTRUCTORES S.A (CONSTRUCTORES), por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZA
Abog. MILADYS SIFONTES DE NESSI
SECRETARIO (a)
EL COMPARECIENTE.
|