REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 25 de Marzo de 2008.
197° y 149°
Exp. N° CA-8822.
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que han transcurrido 35 días consecutivos, contados a partir del día 18 de Febrero de 2008 exclusive, fecha esta en la cual se acordó expedir el Cartel de Citación hasta el día 14 de Febrero de 2008 inclusive.
Visto el contenido del auto de fecha 18 de Febrero de 2008 mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado el retiro y la debida consignación en autos del mismo; este Tribunal Superior, declara DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto conjuntamente con Solicitud de Suspensión de Efectos, por el Ciudadano Abogado: Franklin Agüero Hernández, en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio “Unidad Educativa León Topel Wortman, C.A., contra la Providencia Administrativa proferida en fecha 16 de Abril de 2007, signada con el Nro. 48-2007, suscrita por la Inspectora Jefe del Trabajo y de Seguridad Social (E) Abogada Sugma Maria Borges de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Guárico; conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el Cartel de Citación y los Oficios signados con los Nros. 419-08, 420-08 y 421-08 respectivamente, asimismo, se ordena Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente de la presente Decisión.
EL ………….
JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
LA SECRETARIA,
ABOG. GLENDA DE LOS RÍOS.
DEZN/Wendy.
Cc.archivo