ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-005147
PARTE ACTORA: LEWIS MARCOBY CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: XIOMARY CASTILLO
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD SIETE COLINAS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GLORIA GALEANO
MOTIVO: CESTA TICKET
En el día hábil de hoy, 10 de Marzo de 2008, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano CONTRERAS LEWIS, titular de la cédula de identidad número 10.507.604 en su carácter de parte actora conjuntamente con su apoderada judicial, abogado en ejercicio XIOMARY CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 102.750 y por la parte demandada, su apoderado judicial, abogado en ejercicio GLORIA GALEANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.299; dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada, a los fines de dar por terminado el proceso, oferta cancelar al trabajador, la cantidad de BsF.1.000,oo por concepto de cesta ticket. Este monto ofrece cancelarlo en fecha 30 de abril de 2008. En este estado, la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada, acepta la misma en los términos. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia de la devolución de las pruebas de ambas partes, las cuales fueron aportadas al inicio de la audiencia. Asimismo, se establece que el pago deberá realizarse por ante la URDD de este Circuito Judicial del Trabajo, debiéndose dejar constancia en el expediente.
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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