ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-002485
PARTE ACTORA: JOSE E. RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARNALDO MORILLO BARRIÑO
PARTE DEMANDADA: PARTNER SHIPBROKERS & CHARTERERS AGENTS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FANNY MORA
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
En el día hábil de hoy, 25 de Marzo de 2008, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ARNALDO MORILLO y FANNY MORA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 50.487 y 49.399 respectivamente; actuando en sus carácter de apoderados judiciales de parte actora y demandada respectivamente; dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada, a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrece cancelar al trabajador los conceptos derivados de la relación laboral con ocasión a su renuncia al cargo que desempeñaba en la demandada; para ello, ofrece cancelar la cantidad de BsF.23.357,51 monto éste que cubre los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones 2006, vacaciones fraccionadas 2007, bono vacacional 2006, bono vacacional fraccionado 2007, utilidades 2006, utilidades fraccionadas 2007, intereses sobre prestaciones sociales. En este estado, la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada y reconociendo que no hubo despido injustificado, acepta el ofrecimiento echo en los términos expuestos; en consecuencia, recibe en este acto cheque de gerencia, de fecha 14 de marzo de 2008, por la cantidad de BsF.23.357,51 el cual recibe a su entera y cabal satisfacción, no teniendo más nada que reclamar a la demandada por ningún concepto laboral. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se anexa a los autos liquidación de prestaciones sociales contentiva de todos los conceptos y montos en forma pormenorizada que fueron cancelados en esta acta de mediación. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes al inicio dela audiencia preliminar.
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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