REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2008-000097
PARTE ACTORA:CARLOS ALFREDO ALCIVAR SOZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: LE COG DOR RESTAURANT
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:YOEL HERNANDEZ y MIGUEL POL
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy 13 de Marzo de 2008, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 197.
La Juez
La Secretaria
Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez
Abg. Diraima Virguez