REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, diecisiete (17 ) de Marzo de 2.008
Años 197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-002940

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha veinticinco (25) de febrero de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ, en su carácter de Defensor del Niño y Adolescente en el Municipio Sucre, Estado Miranda, debidamente acreditado bajo el Nº 002; en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado por los ciudadanos ALFREDO ALBERTO MACHADO BLANCO y OLIVIA CRISANTA VARGAS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 6.661.577 y V- 10.511.617 respectivamente, a favor de la adolescente (...), de (...) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo a la Obligación de Manutención de la adolescente antes mencionada.