REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Revisadas como han sido las actuaciones y en especial la diligencia anterior emanada de la Fundación Amigos del Niño que Ameritan Protección FUNDANA, en la cual solicitan la derivación de los niños SSSSSSSSSSSSSSSSS Y SSSSSSSSSSS de cinco (05) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, a la Fundación de Acción Social Iliana y Tito II y III, ubicado en Segunda calle La Sabana de Blanco Casa Nº 3 La Pastora, donde se encuentra su hermano DEIVIS CAMPOS, en función de mantener a los hermanos unidos.
Quién aquí suscribe, una vez analizadas como han sido las presentes actuaciones; en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, y en interés superior de los niños contemplado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a fin de que los mismos no sean separados y tengan derecho a ser criados en una familia como lo dispone el parágrafo primero del artículo 26 de la citada Ley,