REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diez (10) de marzo de 2008
197° y 149°
Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos GERMAN ALEXANDER MARTINEZ ABREU Y ROSA PIERINA DE DOMINICIS CARDELLICCHIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.993 y V-14.908.457, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por las ciudadanas ANA AGUSTINA PEREZ PARIZ, ENRIQUETA ALMEIDA GARCIA Y MARIA DEL PILAR OSORIO CHIRINOS, abogadas en ejercicio inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 89.546, 22.905 y 29.745, désele entrada y acuerda anotarlo en el libro de solicitudes respectivo admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de ley. Este juzgado exhortó a los cónyuges antes identificados a la reconciliación sin lograrse la misma, por lo cual DECRETA, LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos señalados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 189 Y 190 del Código Civil, en concordancia con el articulo 762 del código de procedimiento civil.- Expídase por Secretaria copias certificadas de la solicitud con inserción del presente auto.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ANA ELISA GONZALEZ
EL SECRETARIO ACC.,
JOSE LEANDRO MEJIAS
Se publico el decreto de Separación de cuerpos y bienes siendo las 1:15 a.m., y se dejo copia autorizada
EL SECRETARIOACC.,
Exp.:34.903.-
AEG/ DMM/Katiusca
SENTENCIA Nº DECIMO-08-0179.-
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