REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE PRIMERO DE EJECUCIÓN


Maracay, 11 de Marzo del año 2008
197 y 148°
CAUSA: 1E-589-06
PENADOS: LUIS ALEXANDER NIEVES MALDONADO
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y
PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE
DISTRIBUCION
DECISION: REFORMA DEL CÓMPUTO DE LA PENA
POR REDENCION

Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, este Tribunal observa en los folios (217 al 220), oficio recibido de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa, donde nos informan que el penado LUIS ALEXANDER NIEVES MALDONADO, identificado con cédula de identidad N° V-9.650.653, le han redimido la pena por el Trabajo y el Estudio; razón por la cual este Tribunal de acuerdo al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal procede a reformar el cómputo, en los términos siguientes:
PRIMERO: Revisada como ha sido la presente causa, se observa que el penado antes señalado fue condenado por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 31-03-2006, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 31 parágrafo tercero de la Ley Especial, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 ejusdem.
SEGUNDO: En esta misma fecha (11-03-2008) este Tribunal realizó la actualización del cómputo del fallo definitivamente firme donde se deja constancia que el penado: LUIS ALEXANDER NIEVES MALDONADO fue detenido por primera vez y única en fecha 13-01-2006, hasta el día de hoy 11-03-2008, dando un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y VENTIOCHO (28) DIAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y DOS (02) DIAS DE PRISION.
TERCERO: En fecha 13-11-2007, se recibió informe del pronunciamiento por la junta de rehabilitación Laboral y Educativa del Centro Penitenciario de Aragua en Tocorón, mediante la cual le redimen al penado: LUIS ALEXANDER NIEVES MALDONADO, un tiempo de CINCO (05) MESES Y VENTIOCHO (28) DIAS, que sumado al tiempo que lleva detenido es decir: DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y VENTIOCHO (28) DIAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VENTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, Y CUATRO (04) DIAS, tiempo este que terminará de cumplir el día 15 DE JULIO DEL AÑO 2009.
Líbrese oficio al Jefe del Dpto. de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia , a la Coordinadora de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua y a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Aragua, al defensor. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DRA. LORENA MORENO MORILLO
LA SECRETARIA,

ABG. DORITA DE FREITAS VIEIRA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose oficios Nº ______________________.-.
LA SECRETARIA,

ABG. DORITA DE FREITAS VIEIRA


CAUSA Nº 1E-589-06
LMM/dorita.-