REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
N° DE ASUNTO: AP21-L-2008-000607
PARTE ACTORA: WILLMEIDA ALEXANDRA RIBERA SALASAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No constituyo
PARTE DEMANDADA: CANTV
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyo
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, catorce 14 de Marzo de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 197.
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina